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Así es el borrador de la nueva Constitución de Chile: ¿cuáles son las diferencias con la actual?

Pixabay

Germán Padinger

(CNN Español) — Casi tres años después del “estallido social” en las calles de Chile, que llevó a un plebiscito para cambiar la constitución y finalmente a un cambio de gobierno en las últimas elecciones, el país tiene el borrador final de su nueva Constitución, que se someterá a votación el 4 de septiembre.

El texto busca reemplazar a la Constitución Política de Chile, promulgada en 1980 en tiempos de la dictadura del general Augusto Pinochet, y fue preparado por la Convención Constitucional surgida del plebiscito de octubre 2020 (cuando el “sí” a la reforma constitucional tuvo un apoyo del 78%), que a su vez fue consecuencia de la ola de protestas violentas en el país y su represión.

Todo lo que necesitas saber sobre la Convención Constitucional en Chile

Los chilenos están llamados a votar en apoyo o rechazo de esta nueva Constitución el domingo 4 de septiembre, y ya circula por el país el borrador final, que este lunes la Convención Constitucional entregó al presidente Gabriel Boric.

“Este 4 de septiembre serán ustedes queridos compatriotas los y las protagonistas de la decisión histórica en torno a nuestra Constitución Política”, dijo Boric en su cuenta de Twitter, llamando luego a los chilenos a leer el borrador antes de la votación. “Que estos dos meses sean una escuela cívica para todos y todas”, agregó.

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“La democracia no es fácil, y más allá de las legítimas diferencias que puedan existir sobre el contenido del texto, hay algo en lo que todos y todas tenemos que estar orgullosos: en el momento de la crisis institucional, política y social más profunda que ha vivido nuestra patria en décadas, chilenas y chilenos optaron por más democracia“, dijo Boric este lunes en un mensaje por televisión.

¿Cuáles son las características de este nuevo ordenamiento político, y en qué se diferencia con el actual?

Cambios y continuidades

“En este proyecto de nueva Constitución hay cambios y actualizaciones, y también muchos elementos de continuidad con nuestra tradición republicana y democrática que tanto valoramos”, dijo Boric.

Le llevó 12 meses a la Convención Constitucional preparar este proyecto de Constitución, que en su borrador final cuenta con 388 artículos organizados en 11 capítulos.

En su primer artículo, parte de los principios y disposiciones generales, se establece que “Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico”.

Una imagen de las manifestaciones en Santiago en Noviembre de 2019.

También, que el país “se constituye como una república solidaria”. “Su democracia (de Chile) es inclusiva y paritaria. Reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza”.

Los 10 pilares del proyecto y sus diferencias con la actual Constitución

De acuerdo con el sitio web oficial de la Convención Constitucional, el borrador está basado en 10 pilares que reúnen “elementos fundamentales y normas más relevantes”. Estas son sus principales disposiciones y las diferencias con el texto actual.

Democracia – La nueva Constitución se basa en una democracia donde el poder “reside en el pueblo, por y para el pueblo”, y con atención la transparencia, la igualdad, libertad de pensamiento y de expresión.

También contempla, a diferencia del texto actual, mecanismos de democracia participativa, incluyendo la iniciativa popular de ley y la participación de entidades territoriales y los pueblos y naciones indígenas.

Inclusión – Se entiende que Chile es un Estado plurinacional e intercultural, al mismo tiempo único e indivisible basado en la igualdad y la no discriminación.

Indígenas mapuches marchan durante una protesta en Curacautín, región de la Araucanía, Chile, el 9 de agosto de 2020. (Crédito: MARIO QUILODRAN/AFP via Getty Images)

Por primera vez el texto constitucional consagra derechos para, entre otros, las mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas de los pueblos y naciones indígenas, personas con discapacidad, personas de las diversidades y disidencias sexogenéricas.

Tradición institucional – Con base en la actual división de poderes entre el Ejecutivo, en manos del presidente, y el Congreso de Diputados, el nuevo borrador marca el fin del Senado, reemplazado por la Cámara de las Regiones, donde cada región contará con la misma cantidad de representantes.

El nuevo Estado también reconoce sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, que coexistirán con el Sistema Nacional de Justicia, demilitariza a las policías y define el rol de las Fuerzas Armadas exclusivamente ante agresiones externas.

Garantías de derechos – La nueva Constitución consagra derechos esenciales como la salud, la educación, el reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados, el derecho a la vivienda, a la alimentación adecuada, el derecho humano al agua y al saneamiento, y el derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia.

También incluye la paridad y perspectiva de género.

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Libertad – De acuerdo con el texto, la convivencia democrática se sustenta en el respeto a las libertades individuales y colectivas, y así consagra, entre otras, la libertad de religión, pensamiento, expresión, enseñanza, y la libertad de emprender y de desarrollar actividades económicas.

Igualdad de género – Por primera vez, el texto protege el derecho a una vida libre de violencia de género y los derechos sexuales y reproductivos y el derecho a la identidad, y destaca la perspectiva de género en la justicia, y los principios de paridad y representación política paritaria e inclusiva.

Protección de la naturaleza y el medio ambiente – También por primera vez, el borrador final consagra los derechos de la naturaleza y el deber especial de custodia del Estado sobre los bienes comunes naturales. Contempla además un catálogo de derechos humanos ambientales, como el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Y se incluyen normas que otorgan protección a ecosistemas tales como glaciares y humedales.

El texto reconoce, de esta forma, la existencia de una crisis climática y ecológica mundial.

Las regiones – La nueva Constitución considera a Chile como un Estado Regional, cuyas políticas públicas son “pertinentes a las necesidades territoriales, adecuadas a las diversas realidades locales”, reconociendo la autonomía de gobiernos regionales, municipios y otras entidades regionales.

También se establece por primera vez la formación por ley de las Autonomías territoriales indígenas, donde los pueblos y naciones indígenas ejercerán derechos de autonomía, en conformidad con el caracter único e indivisilbe del país.

Proyección a futuro – Al reconocer los desafíos que presentan los avances en ciencia y tecnología, se incorporan el derecho a la participación política digital, a la información, al conocimiento, a la educación y conectividad digital, y a la protección de los datos personales.

Personas reunidas el 4 de julio frente al Palacio del ex Congreso Nacional de Chile, que albergó a la Convención Constitucional. (Crédito: Marcelo Hernandez/Getty Images)

También se establecen principios de bioética, subordinando los desarrollos científicos y tecnológicos a la la solidaridad, cooperación, responsabilidad y respeto la dignidad humana, la sintiencia de los animales y los derechos de la naturaleza.

Economía responsable – En uno de los puntos más debatidos durante la Convención Constitucional, el borrador consagra los principios de responsabilidad fiscal, equidad territorial y el desarrollo armónico con la naturaleza.

También se establece un rol más activo para el Estado, además de “regular, fiscalizar, fomentar y desarrollar actividades económicas”.

Así, se consagran la autonomía del Banco Central y y el principio de sostenibilidad fiscal de las finanzas, a la vez que se faculta al Estado a prevenir y sancionar los abusos del mercado y se protegen los derechos de los consumidores.

Con respecto a la minería, se establece que el Estado tendrá el “dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de las minas, independiente de la propiedad sobre los terrenos en que se encuentren situadas”, y que sujetará la exploración y explotación a una legislación que considere su impacto ambiental.

Con información de Jorge Engels.

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