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Asamblea Nacional de Venezuela avanza con la reforma de la controversial Ley del Odio: esta es la propuesta

Por Rocío Muñoz-Ledo y Gonzalo Zegarra, CNN en Español

La Asamblea Nacional de Venezuela, controlada por el chavismo, aprobó este martes en primera discusión una reforma a Ley contra el Odio, un marco legal criticado por organizaciones de derechos humanos que consideran que el nuevo proyecto “conserva mecanismos de control” para perseguir opositores y exigen su derogación.

La propuesta —que deberá someterse a debate público y regresar al Parlamento para una segunda discusión— busca eliminar las penas de prisión de entre 10 y 20 años previstas en la ley y propone, en cambio, establecer multas a quienes incurran en las faltas, según explicó el primer vicepresidente de la Asamblea, el diputado chavista Pedro Infante, al presentar el proyecto.

Además, la reforma también elimina la prohibición a partidos políticos que “promuevan el fascismo, intolerancia o el odio nacional”. En su lugar, el nuevo artículo 12 propone que los partidos deberán orientar su constitución e ideario al fomento de la convivencia, bajo la supervisión del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Sobre la libertad de expresión, el artículo 4 del presunto proyecto incorpora una aclaración: “No se considerarán discurso de odio las distintas opiniones de naturaleza política, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a la realización de actos violentos o delictivos”.

La reforma fue aprobada con el voto en contra de algunas facciones opositoras, que consideran que la ley viola los derechos humanos y las garantías constitucionales.

“Esos votos que están dispuestos a invertir en la reforma los pueden invertir para eliminar una norma que le ha hecho tanto daño al país (…) Si de verdad queremos hablar de renacer, de respeto a la dignidad humana, entonces trabajemos en una ley que deroge el odio y que transforme el miedo en confianza”, afirmó la diputada opositora Amelia Belisario, en representación de la bancada Libertad, durante el debate parlamentario.

Por su parte, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, defendió la reforma y aseguró que el chavismo está empeñado en evitar que la norma se instrumentalice para “la persecución de nadie”.

Sin embargo, cuestionó a los diputados opositores: “Yo me pregunto: ¿ustedes lograron derogar el odio que se anida en algunos de sus corazones?”. Y añadió: “Ojalá no necesitáramos una ley de convivencia, pero la necesitamos, es imprescindible, para seguir avanzando en este proceso, porque si no, llegará el momento en que reaperezca alguien y diga que no le tiene miedo a la guerra civil y cuántas veces no hemos estado en ese riesgo”.

A finales de septiembre, la presidenta encargada Delcy Rodríguez solicitó al parlamenteo la “reforma parcial” del texto“para corregir desviaciones en su aplicación”, en medio de los cambios que ha puesto en marcha desde la captura de Nicolás Maduro en un operativo militar estadounidense a principios de enero.

Una comisión integrada por 11 diputados se instaló en la Asamblea para diseñar la reforma que fue validada a mediados de octubre por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Estos son los principales cambios que propone la polémica ley, de acuerdo con el documento citado por el TSJ al momento de su fallo, incluida la modificiación a su nombre de “Ley Constituciónal contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia” por “Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia”.

El proyecto modifica varios artículos de la ley original aprobada en 2017 por la entonces Asamblea Constituyente, de la que Rodríguez era titular. Estos son los principales cambios:

1. El artículo 4 incorpora una aclaración para excluir las opiniones políticas y el ejercicio del periodismo, siempre que no inciten directamente a la violencia o a cometer delitos. El texto señala:

“No se considerarán discurso de odio las distintas opiniones de naturaleza política, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a la realización de actos violentos o delictivos”.

2. Modifica las reglas para los partidos políticos. El nuevo artículo 12 elimina la prohibición de registrar partidos y organizaciones políticas que promovieran “el fascismo, la intolerancia o el odio nacional racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación y la violencia”. En su lugar, establece que los partidos deberán orientar “su constitución, programas de acción, ideario y desempeño público al fomento de la convivencia democrática y pacífica, la pluralidad, el debate constructivo y el respeto irrestricto a los derechos humanos y a la diversidad en todas sus manifestaciones”. Será el Consejo Nacional Electoral (CNE) el que velará por que actúen de acuerdo con esos valores, de acuerdo con el proyecto.

3. Elimina las penas de prisión por mensajes de odio. El antiguo artículo 20 establecía condenas de entre 10 y 20 años de cárcel para quienes promovieran o incitaran al odio, la discriminación o la violencia. El nuevo artículo 21 reúne las conductas consideradas infracciones y establece multas de entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.

El mismo artículo contempla, además, trabajos comunitarios y programas educativos de entre 200 y 600 horas. También establece que estas infracciones no podrán dar lugar “a medidas privativas de libertad”.

El nuevo texto enumera cinco tipos de infracciones: discursos de odio, mensajes de guerra, hostigamiento, mensajes discriminatorios y publicación o difusión de mensajes de violencia. Entre ellas, define los mensajes de guerra como expresiones que promuevan “de manera directa, inequívoca y deliberada el recurso a la guerra de agresión, el uso ilícito de la fuerza armada, la agresión militar extranjera, la confrontación bélica civil o la violación masiva de derechos humanos”.

4. Cambia las sanciones para los medios de comunicación. La reforma elimina las disposiciones que contemplaban la revocación de concesiones de radio y televisión y el bloqueo de portales por difundir mensajes prohibidos. En su lugar, el nuevo artículo 22 establece que los prestadores de servicios de comunicación e información deben difundir contenidos que promuevan “la convivencia democrática y la paz”. Si incumplen esa obligación o emiten mensajes prohibidos por la ley, se podrá iniciar un procedimiento administrativo.

5. Modifica las sanciones para el personal de salud. El antiguo artículo 24 contemplaba penas de entre ocho y diez años de prisión para el personal sanitario que negara o retrasara la atención por razones de odio, discriminación o intolerancia. El nuevo artículo 23 sustituye la cárcel por multas de entre 1.000 y 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor. También prevé la destitución del personal del sector público o la desvinculación laboral en instituciones privadas.

6. Deja las sanciones administrativas en manos del Ministerio de Justicia. El nuevo artículo 24 establece que ese despacho será el encargado de tramitar y decidir los procedimientos para imponer las multas.

Aunque la reforma elimina las penas de prisión previstas en la legislación de 2017, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) advirtió en un comunicado —reproducido también por Amnistía Internacional— que mantiene “mecanismos de control” para perseguir a periodistas y opositores.

Entre sus principales advertencias está que “se mantiene la posibilidad de ordenar la eliminación inmediata de contenidos”, así como la obligación de los medios de difundir mensajes orientados a promover la convivencia democrática y la paz.

Según Foro Penal, desde 2017 han sido imputadas 927 persnas por la Ley del Odio.

Por su parte, la ONG venezolana Espacio Público, dedicada a la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información, señaló que la reforma mantiene “graves restricciones a la libertad de expresión y al debido proceso” y no resuelve las consecuencias de la aplicación de la ley original.

La organización advirtió que el proyecto “traslada el castigo al Poder Ejecutivo”, lo que considera, “amplía la arbitrariedad y la discrecionalidad de las sanciones”.

Espacio Público considera que la reforma tampoco elimina los mecanismos de censura en medios y plataformas digitales. Además, alertó que la vía penal sigue abierta: el nuevo artículo 26 permite acudir a los tribunales “sin perjuicio de las sanciones administrativas”, mientras que el delito de “instigación al odio”, contemplado en el artículo 285 del Código Penal, sigue vigente.

Otro de sus cuestionamientos es que el proyecto no contempla medidas para reparar a quienes fueron afectados por la aplicación de la ley. “No repara a las víctimas. No ordena el sobreseimiento de las causas abiertas, la libertad de las personas detenidas, la eliminación de antecedentes, el levantamiento de los bloqueos ni la restitución de las concesiones revocadas”, señala Espacio Público.

Ante este escenario, organizaciones como Espacio Público y el SNTP se han sumado al llamado de la oposición para exigir la derogación de una ley que, desde su aprobación en 2017, ha sido cuestionada por considerar que restringe la libertad de expresión y se ha utilizado para perseguir a la disidencia política.

CNN solicitó comentarios al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información de Venezuela por las críticas de ambas organizaciones y espera una respuesta.

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